domingo, 30 de junio de 2013

Nº 73.- JUDICIAL: ¿ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA? – 2013

Vivimos tiempos confusos y, las palabras, tanto sirven para dar luz como para equivocar.
Suelo decir que yo no trabajo en la “Administración de Justicia”, sino en la “Administración de reparación de la injusticia” que es algo muy distinto.
La Justicia no acude a los Tribunales, lo mismo que la Salud no acude a los Hospitales.

Entre la reparación de la injusticia que anhela el ofendido (“justicia del corazón”) y la que los Tribunales están en condiciones de dar, puede mediar un abismo.
La reparación que anhela el ofendido es “emocional “, “pronta” y “completa”, mientras que la reparación de los Tribunales, en el mejor de los casos, será “fría”, “tardía” y “rara vez completa”.
El Abogado debe ser el intérprete que traduzca y haga caer en la cuenta al cliente de esta dolorosa realidad, para que tome sus decisiones con “conocimiento de causa”.

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